Páginas

Mostrando entradas con la etiqueta administración. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta administración. Mostrar todas las entradas

domingo, 25 de abril de 2021

HACIENDA PÚBLICA

En un diálogo que sostuve una vez con un Secretario de Hacienda Municipal le hice ver la importancia de ser transparente y publicar la información financiera de los entes territoriales, pues se entiende que es información pública y que en teoría es de interés de todos, pero su respuesta fue tajante al decirme que para él esa información no era pública y que por eso él no la daba a conocer. Eso brinda el panorama real de lo que es la «administración» de la Hacienda Pública que el Banco de la República de Colombia en una de sus definiciones dice que son los «recursos disponibles por parte del Estado y las entidades públicas para el cumplimiento de sus actividades y proyectos».

El investigador Carlos Alfonso Díaz, del Grupo de Investigación en Historia Económica y Social de la Universidad Nacional de Colombia, en el documento titulado «Hacienda pública en tiempos de guerra: La Caja Real de Santafé de Bogotá durante la Reconquista, 1816-1818» presentado al Instituto Colombiano de Antropología e Historia ICANH (2012) señala que «Para John Stuart Mill[1], el estudio de las características necesarias del Estado o universalmente reconocidas puede reducirse a tres: 1. Concentración monopólica de la violencia para el mantenimiento del orden a través del ejercicio exclusivo de justicia y gobierno, 2. Establecimiento de un ejército permanente para garantizar el orden frente a la amenaza exterior y 3. Formación de un sistema fiscal para financiar todo. En este sentido, según Adam Smith[2], el grupo de gastos del Estado conformado por los gastos del Soberano o de la República, los gastos de defensa, los gastos de justicia, los gastos en construcción de infraestructura para el comercio, los gastos para educación y los gastos para sostener la dignidad del Soberano; son sufragados de forma ordinaria por los impuestos y de forma extraordinaria por la deuda pública», con base en lo cual se concluye que la administración de la hacienda pública tiene unos límites establecidos con claridad y que dentro de esos límites no se encuentra la intromisión en las libertades económicas de los individuos; así lo reconoció la Constitución Política de Colombia en el artículo 333 «La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común»; sin embargo, en el artículo 334 la Carta Magna también establece que «La dirección general de la economía estará a cargo del Estado» y le da poder para intervenir en la «producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados» ¡Una paradoja constitucional!

Quiero resaltar que en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, además de los partidos políticos tradicionales, entre otros, tuvieron representación la Alianza Democrática M-19, la Unión Patriótica, el Ejército Popular de Liberación y que ellos también han hecho parte de los poderes públicos de Colombia, por lo que no pueden sustraerse de sus responsabilidades con relación al diseño del estado que a veces sus simpatizantes critican.

Hago el comentario anterior porque muchas veces los líderes de la izquierda colombiana han dicho que se tienen que hacer reformas al estado colombiano, pero es preciso recordarles que han tenido oportunidades históricas para hacer esas reformas y lo que han hecho es apoyar la estructura que busca el crecimiento del tamaño del estado más allá de las características reconocidas de manera universal y que señaló John Stuart Mill.

Nunca hemos visto ni escuchado a quienes se arrogan la vocería de la población pobre legislar a favor de ella, sino que han ayudado a que el estado crezca para financiar los derechos de aquellos que no son pobres, siendo ellos y sus colectivos más cercanos la prioridad de la ejecución de la inversión pública.

Si en los estados se ha avanzado en el respeto de libertades individuales como la de conciencia, de cultos, de expresión, de pensamiento, de opinión, profesión u oficio, de cátedra, entre otras, debería también avanzarse en las libertades económicas, en especial si se tiene en cuenta que la administración de la hacienda pública, por su definición, se debe limitar solo a las instituciones y recursos estatales y que «En cualquier caso el gasto público social será prioritario».

Todo individuo que ejerce de manera legítima una actividad económica debe gozar de las garantías por parte del estado de hacerlo en plena libertad, sin que los funcionarios que no rinden cuentas de su gestión financiera se inmiscuyan en el desarrollo de sus actividades, pues si no facilitan que la población ejerza control sobre los recursos de todos, entonces ¿Por qué permitirles que ellos se sigan entrometiendo en los asuntos económicos privados?

Mientras que a los contribuyentes se nos exigen mayores esfuerzos para financiar el gasto público que hoy se encuentra por encima del 30% del Producto Interno Bruto nacional (¡Uno de los más altos del mundo!), a los administradores de la hacienda pública se les entregan más recursos económicos sin que rindan cuentas de lo que hacen, pues así como aquel Secretario de Hacienda Municipal ellos piensan que están administrando una finca, pero ¡Hasta el mayordomo de la finca debe rendirle cuentas al dueño de la misma!

¡Por todo lo anterior es aceptable para ellos la combinación de todas las formas de lucha para obtener el poder estatal y para mantenerse en él!

[1] John, Principles of political economic, 1871, book V.
[2] Smith, Adam, Wealth of Nations, 5th ed., 1789, book V.

domingo, 28 de febrero de 2021

REDISTRIBUCIÓN DE RIQUEZAS

La mayordomía es un sinónimo de administración que casi no usamos, cuyos orígenes están en la esclavitud, ya que el amo tomaba a uno de sus esclavos y lo nombraba «mayordomo» o «administrador de su casa»; la palabra mayordomía tiene sus raíces en el vocablo griego «oikonomia» que significa «administración de una casa», por lo que la denominación que se la da a quien administra una casa es «oikonomos» (mayordomo). Una de la acepciones que el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española le da al vocablo mayordomía es «Cargo y empleo de mayordomo o administrador».

Una de las actividades que se cree que le corresponde a los administradores, en particular a los públicos, es la redistribución que la Real Academia Española define como «Acción y efecto de redistribuir», mientras que las acepciones de redistribuir son «Distribuir algo de nuevo» o «Distribuir algo de forma diferente a como estaba».

La Biblia es un libro que contiene muchas enseñanzas sobre mayordomía o administración; en ella se menciona que Jesucristo le da a conocer sus secretos a sus discípulos, pero a los demás les habla en parábolas «para que por más que miren, no vean, y por más que oigan, no entiendan». Una de las parábolas más conocidas y que en mi opinión ilustra el concepto de redistribución es la del dinero o «parábola de los talentos» que concluye con la sentencia «Porque al que tiene, se le dará más, y tendrá de sobra; pero al que no tiene, hasta lo poco que tiene se le quitará»; la parábola del dinero también enseña los resultados de la buena y de la mala mayordomía de los recursos que recibimos para que administremos; asimismo, en la «parábola del mayordomo astuto o infiel» Jesús enseña que «El que se porta honradamente en lo poco, también se porta honradamente en lo mucho; y el que no tiene honradez en lo poco, tampoco la tiene en lo mucho» y añade «Y si no se portan honradamente con lo ajeno, ¿quién les dará lo que les pertenece?». Un buen mayordomo administra bien los recursos que recibe, aunque sean pocos, así como un mayordomo malo administra mal aunque reciba muchas riquezas ¡Así ha funcionado el mundo real desde la antigüedad! ¡No se trata de cuánta riqueza administramos, sino de la forma como administramos la mucha o la poca riqueza que recibimos en la distribución!.

De acuerdo con las estadísticas publicadas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE el pasado 15 de febrero de 2021, la riqueza (PIB) que produjimos los colombianos en el año 2020 ascendió a 1.002.587 miles de millones de pesos corrientes. Esos recursos fueron generados a través de las diferentes actividades económicas que desarrollamos, de manera formal o informal, en el año 2020; a los igualitaristas les parece injusto que los diferentes mercados distribuyan las riquezas de manera desigual dándole a cada quien lo que los diferentes agentes económicos acuerdan en los momentos de hacer los diferentes intercambios económicos; por ejemplo, no todos los médicos ofrecen sus servicios al mismo precio, pero el mercado a través de quienes se benefician de sus servicios distribuye las riquezas dándole a unos médicos más y a otros menos; así también sucede con los docentes, con los abogados, con los arquitectos, con los ingenieros, con los técnicos, con los tecnólogos, con los agricultores, con los ganaderos, con los comerciantes y agrégale a eso un largo etcétera. En general, le va bien en el mercado a quien logra satisfacer algunas de las necesidades de quienes demandan los bienes y servicios ofrecidos en los diferentes mercados.

Aunque no todos los 50.372.424 de colombianos pudieron aportar a la producción nacional de riquezas el año pasado, si se redistribuyera esa riqueza entre todos de forma igualitaria, como sueñan algunos, el resultado es que cada uno habría recibido $1.658.624 (PIB per cápita) cada mes, que equivale al 189% del salario mínimo mensual legal vigente para el año 2020 y que a lo largo de todo el año habríamos recibido $19.903.493, aunque no hubiéramos producido un solo peso. ¡Esa es la idea de justicia social que tienen algunos!

Apreciado lector, lo más lógico es que tú hayas tenido ingresos inferiores o superiores a la cantidad de dinero producida en promedio por cada colombiano durante el 2020 y dependiendo de la forma en la que hayas administrado lo mucho o lo poco que recibiste esas riquezas se te hayan multiplicado o se redujeron.

Por otro lado, si el gasto público colombiano se hubiera mantenido en los niveles del año 2019, lo cual es improbable teniendo en cuenta que el Gobierno Nacional, al igual que la mayoría de los gobiernos del mundo, decidió aplicar medidas keynesianas con el fin de aumentar el gasto para atender la epidemia y la crisis económica, de los $1.658.624 el estado te hubiera quitado en promedio $523.130 (a algunos les quita más a otros menos) para que los administrara el gobierno, dejándote un saldo de $1.135.494 para que tú decidieras la forma en la que querías gastarlo.

Algunos de mis contradictores recibieron ingresos superiores a los promedios anteriores, pero en redes sociales los ves vociferar en contra del modelo económico colombiano; sin embargo, ¿Por qué necesitan que un gobierno autoritario les despoje de las riquezas que produjeron para darle a quienes produjeron menos o no pudieron producir nada? ¿Por qué se quedaron con aquella riqueza que consideran injusta? ¿Qué les impidió redistribuirla entre sus más allegados sin que el estado ejerciera coerción sobre ellos? ¿Acaso no existe menor riesgo de corrupción si redistribuyen sus riquezas de forma libre y autónoma que cuando se la entregan a un político?

Yo les he enseñado a mis hijos que cuando uno cree en algo, entonces su conducta debe estar de acuerdo con sus convicciones, pues no dudo que «Lo que haces habla tan fuerte que no puedo escuchar lo que dices» (Ralph Waldo Emerson), por ello aunque algunos se quejan y sueñan con un cambio que hagan otros, ellos no pueden negar la realidad, ni su naturaleza capitalista.